El sujeto obligado ofrece una lista de preguntas frecuentes con las respectivas respuestas, relacionadas con su gestión y los servicios y trámites que presta. Esta debe actualizarse periódicamente de acuerdo con las consultas realizadas por los usuarios, ciudadanos y grupos de interés a través de los diferentes canales disponibles.
Tenga en cuenta que:
El Sisben es un sistema técnico de información diseñado por el Gobierno Nacional que, a
partir de una encuesta realizada en la vivienda, permite identificar a los hogares, familias y
personas más pobres y vulnerables.
Las personas no se afilian al Sisben pues no se trata de un servicio médico ni de un sistema
de seguridad social en salud. Lo relacionado con la prestación del servicio de salud, para el
caso del Distrito, es de competencia de la Secretaría Distrital de Salud.
El anexo No. 2 del Decreto Distrital 190 de 2004 determina los usos específicos que se
permiten en el suelo urbano. Con base en éste se elaboran las fichas normativas que
determinan los usos permitidos en cada sector de la ciudad; los que no se encuentran en
este anexo, no se permiten.
Para determinar si un predio se encuentra delimitado dentro de un plan parcial se hace
necesario consultar el Sistema de Información de Norma Urbana (SINU-POT), el cual puede
efectuar su búsqueda a través de la dirección, chip, coordenadas del predio en consulta.
El programa de renovación urbana del Plan de Ordenamiento Territorial -POT- se enfoca en
identificar las zonas en las que se puedan desarrollar proyectos y priorizar las actuaciones
públicas para impulsar su ejecución. Para este efecto, se definen dos actuaciones paralelas:
1. La identificación de las zonas propicias para entrar en el programa de renovación sin
perjuicio de que pueda aplicarse posteriormente a otras zonas que se identifiquen durante la
vigencia del Plan de Ordenamiento Territorial.
2. La puesta en marcha de proyectos estratégicos de renovación urbana a través de las
normas y la aplicación de los instrumentos de gestión establecidos, que permitan agilizar y
facilitar el desarrollo de los mismos. Para esto, se localizan las zonas que pueden tener
características adecuadas para ser renovadas, tanto por factibilidad como por necesidad
frente a las exigencias del Modelo de Ordenamiento Territorial.
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De igual forma, mediante el tratamiento de renovación urbana se permite la incorporación
posterior de los sectores en los que se genera un impacto propicio, efecto de las decisiones
de planeamiento, construcción, transformación, eliminación o supresión de un elemento de
los sistemas generales de la ciudad, definidos por el plan (malla vial arterial o infraestructura
de los sistemas de transporte masivo, equipamientos, espacio público y otros) o en las zonas
industriales con tendencia al cambio de uso.
Las fichas normativas de las Unidades de Planeamiento Zonal -UPZ- delimitan los sectores
de renovación urbana y la modalidad del mismo, ya sea para permitir el desarrollo de los
predios mediante normas de reactivación o por gestión asociada a través de la formulación y
adopción de un plan parcial.
Fuente: Decreto 190 de 2004 - Dirección de Patrimonio y Renovación Urbana-SDP
Una vez aprobado el Plan de Desarrollo Distrital, las entidades distritales preparan con la
coordinación de la Secretaría Distrital de Planeación, el cronograma de ejecución mediante el
plan de acción, con la programación de metas e indicadores, proyectos, recursos y
actividades asociada al cumplimiento de los compromisos del Plan de Desarrollo.