El sujeto obligado ofrece una lista de preguntas frecuentes con las respectivas respuestas, relacionadas con su gestión y los servicios y trámites que presta. Esta debe actualizarse periódicamente de acuerdo con las consultas realizadas por los usuarios, ciudadanos y grupos de interés a través de los diferentes canales disponibles.
Suscriben la solicitud las personas que demuestren tener interés particular sobre los predios
objeto de revisión y se radica en la ventanilla de correspondencia de la Secretaría Distrital de
Planeación -SDP-. De acuerdo con lo expuesto en el artículo 6º de la Ley 732 de 2002 “toda
persona o grupo de personas podrá solicitar ... en cualquier momento, por escrito, revisión
del estrato urbano o rural que se le asigne...”.
Una vez se demuestre el interés que se tiene, el requerimiento es estudiado por la Dirección
de Estratificación de la SDP, como primera instancia, quien resolverá la petición antes de dos
meses.
Si no se está de acuerdo con lo decidido por la primera instancia, se podrá solicitar que el
Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica de Bogotá le dé trámite en segunda
instancia. Este recurso de apelación debe ser interpuesto dentro de los cinco primeros días
hábiles, siguientes a la notificación de la respuesta del Subdirector.
Cabe anotar que las dos instancias deben hacer el estudio de las solicitudes tomando en
consideración exclusivamente la metodología de estratificación de Bogotá.
De conformidad con lo establecido en el Acuerdo 131 de 2004 en su Artículo 1, modificado
por el artículo 1 del Acuerdo Distrital 380 de 2009, en el mes de marzo el alcalde local debe
rendir cuentas a los ciudadanos acerca de la gestión contractual y administrativa y los
resultados de los objetivos, políticas, programas y estrategias adelantadas en el marco del
plan de desarrollo distrital, en términos de eficiencia, eficacia y efectividad en el desempeño
de cada uno de los sectores.
Fuente: Acuerdo 131 de 2004
Mayor información: Acuerdo 257 de 2006 - Decreto 16 de 2013 - Acuerdo 380 de 2009.
Está conformado en dos partes con sus respectivos componentes:
I. Una parte general que contiene:
a. Objetivos, proyectos prioritarios, metas e indicadores.
b. Estrategias y políticas generales y sectoriales.
c. Programas para desarrollar las estrategias y las políticas adoptadas.
d. Cronograma de ejecución y organismos responsables.
e. El señalamiento de las normas, medio e instrumentos de coordinación de la planeación
distrital con la planeación nacional, regional, departamental, local y sectorial.
II. El Plan de Inversiones Públicas que contiene los presupuestos plurianuales de los
principales proyectos prioritarios y la determinación de los recursos financieros que
garanticen su ejecución.
Fuente: Acuerdo 12 de 1994
Se conformaron las estructuras socio-económica y espacial del Distrito Capital en el Centro y
21 centralidades, las cuales fueron identificadas como aquellas áreas existentes que
contemplan alta concentración de actividad económica, así como las nuevas áreas cuyo nivel
de desarrollo socio-económico es bajo, estableciéndoles una función en la estrategia de
ordenamiento así como unas directrices para su desarrollo. No obstante y para efectos de
jerarquizar programas, actuaciones y proyectos, se identificaron las siguientes operaciones
estratégicas:
1. Operación estratégica Centro (Centro Histórico, Centro Internacional).
2. Operación estratégica Anillo de Innovación (Centralidad Salitre – Zona Industrial).
3. Operación estratégica Fontibón - Aeropuerto El Dorado – Engativá.
4. Operación estratégica Nuevo Usme - Eje de integración Llanos.
5. Operación estratégica Río Tunjuelo - Centralidad Danubio.
6. Operación estratégica Delicias / Ensueño – Eje de integración sur.
7. Operación estratégica Eje de integración norte - Centralidad Toberín - La Paz.
8. Operación estratégica Centralidad de Suba.
9. Operación Estratégica Centralidad de Corabastos.
10. Operación Estratégica Quirígua – Bolivia.
Se puede dirigir a las instalaciones de la alcaldías local y radicar, en los horarios establecidos
en las mismas, sus iniciativas y propuestas para la solución de problemáticas de sus
territorios y comunidades. La presentación de éstas no responde a ninguna metodología en
particular, con el fin de facilitar el acceso a la participación, sin embargo, debe contener como
mínimo los siguientes aspectos: problema o necesidad identificada, alternativas de solución,
localización de la problemática o necesidad, población afectada (especificar la cantidad y las
características de la población) beneficios de la iniciativa y datos de proponente. Estas
propuestas serán clasificadas y organizadas en el Banco de Iniciativas, de modo que puedan
servir como insumo para la formulación técnica de los proyectos de inversión.
Fuente: Secretaría Distrital de Planeación. Subsecretaría de Planeación de la inversión.
Manual de procedimientos para la operación y administración del Banco de Programas y
Proyectos Local (BPP-L). Bogotá. Abril 2010.
Mayor información: Decreto Distrital 449 de 1999