El sujeto obligado ofrece una lista de preguntas frecuentes con las respectivas respuestas, relacionadas con su gestión y los servicios y trámites que presta. Esta debe actualizarse periódicamente de acuerdo con las consultas realizadas por los usuarios, ciudadanos y grupos de interés a través de los diferentes canales disponibles.
De conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007, el Departamento
Nacional de Planeación -DNP- es la entidad encargada de definir los lineamientos para la
implementación, operación y diseño de las metodologías del Sisben. Los instrumentos
técnicos establecidos por la Nación son los que deben ser utilizados por los municipios y
distritos para consolidar la información del Sistema en su respectiva jurisdicción.
La estratificación socioeconómica es un estudio que capta, pondera, jerarquiza y clasifica las
viviendas en uno de los seis estratos. Si bien la estratificación es utilizada como una variable
dentro del cálculo de las tarifas de cada uno de los servicios públicos, ésta por sí misma no
las determina para cada estrato.
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La población que habita en viviendas clasificadas en los estratos 1, 2 y 3 reciben subsidios,
mientras los habitantes de los estratos 5 y 6 pagan una contribución sobre el valor de los
servicios públicos domiciliarios que consumen. La población de viviendas en estrato 4 ni
recibe subsidios ni paga sobrecostos.
Según el Departamento Nacional de Planeación -DNP-, la estratificación es una herramienta
que hace posible identificar los sectores de la población que deben contribuir con mayores
pagos por los servicios públicos domiciliarios y los sectores más vulnerables que deben
recibir subsidios en dicho pago. Para determinar las tarifas cada empresa prestadora de
servicios públicos domiciliarios, con la aprobación y bajo las orientaciones de la comisión de
regulación respectiva, establece el costo del servicio, el cual corresponde a la tarifa del
estrato 4, a partir de ese valor, se fijan las tarifas de los estratos bajos (1, 2 y 3) y de los
estratos altos (5 y 6), de acuerdo con los niveles máximos de subsidios y contribuciones que
las normas consideran para cada uno de ellos.
La norma vigente es el Decreto Distrital 676 de 2011 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo
339 de 2008, se establecen las normas urbanísticas, arquitectónicas y técnicas para la
ubicación e instalación de Estaciones de Telecomunicaciones Inalámbricas utilizadas en la
prestación del servicio público de telecomunicaciones en Bogotá D.C., y se dictan otras
disposiciones.”
De acuerdo con el Decreto Nacional de 2181 de 2006, la vigencia de un plan parcial es la
que se determine en el decreto de adopción del plan.
De acuerdo con el Decreto Nacional de 2181 de 2006, modificado por los Decretos
Nacionales 4300 de 2006 y 1478 de 2013, un plan parcial cuenta con tres etapas:
Etapa de formulación y revisión
Etapa de concertación y consulta
Etapa de adopción