Todo acto de un juicio del que se suele dejar constancia documentada; como las providencias, autos, declaraciones, emplazamientos, notificaciones
y demás diligencias, que debidamente autorizados constituyen elproceso. Debe surtirse dentro de los términos y con las formalidades legales y
practicarse en días y horas hábiles so pena de nulidad (excepción, acción de tutela).