“Por medio del cual se NIEGA la viabilidad del concepto de factibilidad para la ubicación de los elementos que conforman una Estación Radioeléctrica denominada “BOG_SUB_28”, a instalar en el andén de la Calle 138 entre la Carrera 150A y la Carrera 149C - Costado Suroccidental de la localidad de SUBA, en la ciudad de Bogotá, D.C., en espacio considerado BIEN DE USO PÚBLICO”.