Espacio físico destinado al almacenamiento ordenado del acervo documental de una entidad. Tal área deberá ajustarse a las especificaciones
descritas en el Acuerdo 049 de 2000, emitido por el Consejo Directivo del Archivo General de la Nación, para el almacenamiento de archivos, de tal
forma que se garantice tanto la conservación como la consulta de la documentación en soportes de papel u otro.