El sujeto obligado debe publicar datos abiertos contemplando las excepciones establecidas en el título 3 de la Ley 1712 de 2014, acogiendo los lineamientos establecidos por MinTIC que se encuentran disponibles en el portal www.datos.gov.co o el que haga sus veces.
Contiene los registros anonimizados de cada uno de los habitantes de calle censados en 2024, que incluye todas la variables demográficas y socioeconómicas de esta población recolectadas directamente en campo y derivadas.