Descripción:
En relación a su solicitud, dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 21 de la Ley 1755 de 2015: se informa que el tema de consulta no es competencia de la Secretaría Distrital de PlaneaciónSDP por lo cual se remite traslado de acuerdo a lo relatado en su radicado y a las competencias de dichas entidades de la siguiente manera Secretaria de Gobierno (Alcaldía Local de Puente Aranda, Policía Metropolitana de Bogotá – Estación Puente Aranda, Secretaría Distrital de Gobierno), Secretaria de Salud, y Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, por medio de la plataforma Bogotá Te Escucha - BTE, para que desde su misión proceda a dar respuesta de fondo a su petición.