Fue creada a través del Acuerdo Distrital 549 de 2014 y reglamentada por el Decreto No. 526 de 2014.
Es una instancia de carácter técnico que tiene como función general sugerir en el Distrito Capital la adopción de políticas, desarrollos normativos y criterios que contribuyan en el ordenamiento y desarrollo territorial.
Funciones
- Asesorar en el proceso de descentralización, en la integración de los diferentes esquemas asociativos territoriales.
- Formular recomendaciones sobre las políticas sectoriales con injerencia en el ordenamiento territorial, a escala distrital, regional y metropolitana, acorde con los principios de subsidiaridad, concurrencia, complementariedad, coordinación, eficiencia, gradualidad, equilibrio entre competencias y recursos y responsabilidad.
Conformación
Esta comisión estará conformada de la siguiente manera:
- El Alcalde Mayor, o su delegado, quien la presidirá.
- El Secretario Distrital de Ambiente, o su delegado.
- El Secretario Distrital de Planeación, o su delegado.
- El Secretario Distrital de Hábitat, o su delegado.
- Un delegado de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.
- Un delegado del Director de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca -CAR-.
- Un experto de reconocida experiencia en la materia designado por el Gobierno Distrital.
- Dos expertos de reconocida experiencia en la materia designados por el Concejo Distrital.
- Dos expertos académicos especializados en el tema, designados por el sector académico del Distrito.
- Un delegado del Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC-
Periodos
Los miembros prestarán sus servicios ad - honorem por un período institucional de dos (2) años, contados a partir de su designación.